Resolución 905/15

 

La resolución 905/15 establece la obligación de las empresas de contar con un Servicio de Medicina del Trabajo y otro de Higiene y Seguridad en el Trabajo, especificando las funciones individuales y conjuntas de ambos servicios.

 

Su principales objetivos:

 

  • Prevención psicofísica del trabajador al establecer las funciones mínimas que desarrollarán ambos servicios.

  • Generación del Registro digital único de Legajos de Salud: una historia clínica única por trabajador, unificando los datos provistos por el servicio médico del empleador y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

 

 

Principales actividades a desarrollar en conjunto por ambos servicios (Anexo I)

  • Generar Mapa de Riesgo:

    • Detectar personal expuesto a enfermedades profesionales
    • RAR (Relevamiento de Agentes de Riesgo; Res 463/09, Res 529/09 y Res 741/10)
    • Evaluación/Análisis riesgos por puesto
    • Medidas correctivas a efectuar

 

  • Verificar Acciones realizadas por la ART

    • Realización de exámenes periódicos
    • Planes de Prevención

 

  • Identificar Riesgos

    • Edilicios
    • Medio Ambiente
    • Requerimientos nutricionales del comedor (de contar con el mismo)
    • Análisis e interpretación de estudios al agua (físico químico y bacteriológico)
    • Adecuación de puestos de trabajo
    • Diversas charlas de capacitación

 

 

Principales actividades a desarrollar por el Servicio de Medicina Laboral (Anexo III)

  • Programa Medicina del Trabajo

    • Objetivos a lograr por el servicio según riesgos presentes
    • Evaluación de resultados

 

  • Manual Procedimientos Médicos

    • Establecer o actualizar procedimientos presentes
      • Procedimiento sobre el manejo de la información confidencial
      • Procedimiento Enfermería
      • Procedimiento de disposición de Residuo Patogénico
      • Procedimientos administrativos
      • Protocolo de acción ante emergencias médicas

 

  • Visitas a los puestos de trabajo

    • Bajo el objetivo de definir el perfil adecuado de exámenes que se realizarán

 

  • Programa vigilancia médica

    • Disponer de los exámenes médicos (ingreso, periódico)
      • Evaluación, notificación al trabajador y empleador
      • Adecuar o no a un puesto de trabajo (según hallazgos)
      • Seguimiento y asistencia (según hallazgos)
    • Estadísticos de ausentismo por morbilidad
      • Establecer acciones

 

  • Confeccionar HC de los pacientes

    • Adaptada al modelo que establecerá la SRT para luego generar el Registro Digital Unico

 

  • Brindar Primeros Auxilios en caso de enfermedad o accidente

 

 

  • Resolver consultas efectuadas por personal

 

  • Plan capacitación Anual

 

  • Seguimiento de toda patología (inculpable, profesional o accidente)

 

 

 

 

Ante cualquier duda o información por favor comuníquese con nosotros llenando el siguiente formulario :

 

 

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